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miércoles, 22 de diciembre de 2021

La Política Agraria Implementada en República Dominicana, Rol del Banco Agrícola de la República Dominicana y la Ley que crea el Instituto Agrario Dominicano.

 

La Política Agraria Implementada en República Dominicana, Rol del Banco Agrícola de la República Dominicana y la Ley que crea el Instituto Agrario Dominicano.

 

Asignatura: Derecho Agrario (Der.267), Sec.15.

Profesora: Joaquina Hilario Díaz.

Alumno: Andy  Esteban Durán Peralta, Mat. AG0145.

Fecha: 09 de abril de 2020.


Introducción

El presente trabajo tiene como propósito tratar los aspectos más importantes de la política agraria implementada en la República Dominicana.

Este tema es de mucha importancia porque tiene que ver con una de la más importante y antigua actividad económica de nuestro país, que es la agricultura en sentido general.

La relevancia de este tema es que a través de la política agraria es las acciones que encaminan el sector oficial y las instituciones privadas que se encargan y procuran una actividad agraria que tienda a satisfacer las necesidades alimenticias de la población.

Otros temas que son de mucho interés son los que tienen que ver con el Banco Agrícola de la República Dominicana y el Instituto Agrario Dominicano (IAD), ya que son instituciones estratégicas para logra llevar a cabo una política agrafia más eficiente.

Espero que este tema le sea de mucho agrado y que también le permita satisfacer algunas inquietudes.

La Política Agraria Implementada en República Dominicana

Concepto

Para el profesor Antonio Vargas, la política agraria trata de la acción del poder político, o de los factores del poder que son tendentes a elegir los medios para influir en la estructura y en la actividad agraria con el objeto de lograr un ordenamiento satisfactorio de la conducta de los que participan o se vinculan con ellas para lograr el desarrollo económico y el bienestar social de la comunidad.

También hay otra definición muy interesante que establece que la política agraria es la acción a través de la cual el poder político proyecta su voluntad con el fin de influir en todas las actividades del país procurando una mayor producción y productividad económica, cuyos resultados beneficien a toda la sociedad.

Elementos

1- Esquema de propiedad de la tierra. Este determina la forma en que está dividida la propiedad de la tierra.

2- Esquema económico y productivo. Abarca los recursos disponibles, las características del suelo y el acceso al agua de riego, la realidad socioeconómica de los agricultores y cómo es que se pueden unificar para permitir implementar la producción. Eso es elemental porque así de determina quiénes producen, qué y cómo producen, y también para quiénes.

3- Estructura social. Comprende los diversos estamentos sociales, tanto particulares, como empresariales o colectivos y las diversas formas mediante las cuales interactúan y cooperan entre sí.

Caracteres

Las características dela política agraria implican cierto orden y forma de encauzar la actividad agraria, procurando un aprovechamiento sostenido de nuestros recursos naturales de la producción agropecuaria que tiendan a mejorar las condiciones de vida del trabajador agrícola y de toda la comunidad rural, pues su fin es el bienestar de la comunidad en general.

Clasificación

Según el profesor Antonio Vargas, la política agraria se clasifica en científica y práctica.

La primera trata de la elección de los medios e instrumentos indicados por el método científico, con el fin de lograr una adecuación de la estructura y de la actividad agraria.

La segunda tiene que ver con la aplicación de medidas concretas, ejercidas de acuerdo a formas o procedimientos con el fin de encauzar la actividad agraria hacia el logro de las metas determinadas por las necesidades económicas y sociales del ámbito rural.

Es importante tomar en cuenta que la finalidad de la política agraria se circunscribe a tres modalidades, que son:

1- La conservación de los recursos naturales renovables a través de un desarrollo y un aprovechamiento sostenido.

2- El incremento de la producción, tanto en el sector reformado como el de la propiedad privada.

3- La seguridad y el bienestar social del hombre del campo, como un medio de satisfacer los requerimientos de esa clase, cuyas condiciones difieren de la de clase urbana.

Rol del Banco Agrícola de la República Dominicana

El Banco Agrícola de la República Dominicana fue creado mediante la Ley No. 908 del 01 de junio de 1945, con el nombre original de Banco Agrícola e Hipotecario de la República Dominicana.

Un dato muy importante es que el Banco Agrícola de la República Dominicana fue la segunda institución bancaria creada en nuestro país, después del Banco de Reservas, establecido en el año 1941.

Desde su creación hasta el día de hoy el Banco Agrícola de la República Dominicana ha pasado por varios procesos de cambios y modificaciones, tanto a nivel de su estructura como también operacional.

Uno de esos cambios fue el que se produjo en el año 1948, que mediante la Ley No.1779 del 18 de agosto de ese mismo año cuando se cambió el nombre de la institución por el de Banco Agrícola e Industrial de la República Dominicana. Uno de los motivos principales fue que se ajustaba más a las operaciones que realizaba en esa época.

Es oportuno resaltar que el Banco Agrícola e Industrial de la República Dominicana se mantuvo operando en esas condiciones durante un buen periodo de tiempo. Durante esos años el banco extendió sus operaciones a todas las regiones del país y desempeñó un rol de primer orden en el financiamiento de las actividades productivas de los sectores agropecuarios e industriales. Pero el día 23 de febrero de 1962, mediante la Ley No.382 se le asignó el nombre de Banco Agrícola.

El Banco Agrícola de la República Dominicana tiene personalidad jurídica, patrimonio propio y plena capacidad para adquirir derechos y contraer obligaciones. Las cédulas hipotecarias y demás valores que emite el banco gozan de la garantía ilimitada del Estado.

¿Definición del Banco Agrícola?

El Banco Agrícola es un banco que apoya la agricultura de la República Dominicana, brindando servicios crediticios a los agricultores para procurar el incentivo y el desarrollo del país, así como también optimizar la productividad agropecuaria propiciando del mismo modo una mejora en las exportaciones.

¿Cuál es el rol del Banco Agrícola?

El Banco Agrícola tiene como rol principal el asegurar el financiamiento de las actividades productivas del sector agropecuario para garantizar el incremento de la producción, satisfacer la demanda alimenticia de la población y modernizar la producción de renglones exportables y de otros que sirven de soporte al desarrollo de la agroindustria de la República Dominicana.

 Los objetivos del Banco Agrícola de la República Dominicana son:

 

§  Incentivar la producción agrícola y pecuaria, mediante la canalización de recursos financieros para desarrollar actividades productivas en las zonas rurales; con el uso de tecnología adecuada que le permita ser competitiva.

 

§  Expandir la actividad crediticia en beneficio de la agricultura y la pecuaria y otras actividades productivas que se desenvuelven en el medio rural y sub-urbano, tales como agroindustrias, comercialización agropecuaria y a productores de bienes y servicios no agropecuarios.

 

§  Diversificar la actividad crediticia hacia el fomento de las micros, pequeñas y medianas empresas rurales y sub-urbanas para elevar los niveles de empleo y ampliar las actividades económicas que realizan los hombres y mujeres del área rural.

 

§  Desarrollar una política de colocación adecuada para que los préstamos otorgados sean recuperados en el tiempo previsto, de forma tal que la institución mantenga un flujo.

 Ley que crea el Instituto Agrario Dominicano

El Instituto Agrario Dominicano (IAD) es un organismo descentralizado del Estado, adscrito al Ministerio de Agricultura, creado mediante la Ley No. 5879 de fecha 27 de abril del año 1962, con la finalidad de ejecutar los programas de Reforma Agraria en toda la geografía nacional, a través de la captación y distribución de tierras a los campesinos para transformar la estructura y producción agraria, mejorando las condiciones de vida en el campo dominicano.

Objetivo General del Instituto Agrario Dominicano (IAD)

Su objetivo principal e llevar a cabo el proceso de Reforma Agraria en todo el territorio nacional, racionalizando la propiedad, tenencia y uso de la tierra, promoviendo el incremento de la producción y mejorando las condiciones de vida del campesino dominicano.

Servicios del Instituto Agrario Dominicano (IAD)

1- Los principales servicios que ofrece el IAD son:

2- Dotación de pequeños predios a campesinos sin tierra con títulos provisionales y su posterior titulación definitiva.

3- Organización de los parceleros en asociaciones y cooperativas.

4- Capacitación a técnicos y parceleros.

5- Asistencia técnica agrícola, pecuaria y forestal.

6- Gestión de agroindustrias y financiamientos.

Todos estos servicios tienen la finalidad de aumentar la producción para consumo nacional y de exportación, de manera sostenida y autogestionaria en los asentamientos campesinos de la Reforma Agraria.

Art.1.- Se crea el Instituto Agrario Dominicano adscrito a la Secretaría de Estado de Agricultura con las atribuciones que se establecen más adelante.

Art.2. - El Instituto Agrario Dominicano, queda, por la presente ley, investido de personalidad jurídica, con facultad para contratar, demandar y ser demandado, en su propio nombre y derecho, podrá, además, emitir sus propias obligaciones, con la autorización expresa del Poder Ejecutivo, las cuales en tales casos gozarán de la garantía ilimitada del Estado. Tendrá un patrimonio propio bajo su dependencia directa, integrado principalmente por el conjunto de bienes que sean puestos a su disposición por traspaso que le haga, el Poder Ejecutivo de la Nación.

Composición del Instituto Agrario Dominicano (IAD)

De conformidad con el artículo 3 de la ley No. 5879, el Instituto Agrario Dominicano (IAD) está compuesto por un directorio integrado por:

1- El Ministro de Agricultura, quien lo presidirá.

2- El Administrador General del Banco Agrícola.

3- El Ministro de Obras Públicas y Comunicaciones.

4- El Ministro de Trabajo.

5- El Presidente de la Corporación de Fomento Industrial.

6- El Secretario de Estado de Finanzas.

7- El Ministro de Educación, Bellas Artes y Cultos.

Función del Instituto Agrario Dominicano (IAD)

De acuerdo al artículo 4 de la ley No. 5879, el Instituto Agrario Dominicano (IAD) tiene las siguientes funciones:

1- Como función primordial llevar a feliz término la Reforma Agraria en todo el territorio de la Republica Dominicana.

2- Desarrollar los proyectos específicos que crea necesarios para llevar a efecto los programas a ejecutar.

3- Solicitar del Poder Ejecutivo las propiedades del Estado que sean necesarias para el desarrollo de los programas proyectados.

4- Podrá adquirir por donación de personas particulares, de entidades jurídicas u organizaciones locales o internacionales, los derechos de propiedades muebles o inmuebles.

5- Igualmente podrá adquirir propiedades, muebles o inmuebles por contratos de compra-venta, de grado a grado, o solicitar de acuerdo a la ley, del Poder Ejecutivo, la expropiación de cualquier propiedad que crea necesaria para los fines de esta ley.

6- Tendrá facultad para adquirir propiedades en arrendamiento.

7- Podrá vender y aún ceder en arrendamiento, total o parcialmente las propiedades muebles o inmuebles que constituyan el patrimonio bajo su dependencia directa.

8- Tendrá derecho a tomar dinero a préstamo y ofrecer en prenda o garantía las propiedades bajo su control.

9- Podrá facilitar propiedades y aún ayudar económicamente a instituciones nacionales o internacionales, para fines de estudios y actividades agropecuarias, cuando juzgue que estas favorezcan los programas en evolución puestos en práctica en el propio instituto.

10- Podrá Igualmente contratar, a los fines de la Reforma Agraria, con entidades autónomas gubernamentales o con particulares.

11- Establecer áreas y oficinas locales de Reforma Agraria con el personal y facilidades necesarios para lograr los fines de esta ley.

12- Podrá efectuar otros actos y transacciones propias de la organización que sean necesarios y convenientes para llevar cabo las disposiciones de la presente ley No. 5879.

 

Conclusión

Al tener la oportunidad de tratar este tema he observado la gran importancia que tiene para el desarrollo de la actividad agrícola de nuestro país.

Por la gran importancia que tiene la política agraria soy de opinión que el Estado debe promover más leyes y también crear las instituciones que sean necesarias para fortalecer más la actividad agrícola en nuestro país.

En este tema pude ver los aspectos más importantes de la política agraria del país. En ese sentido le agradezco mucho a la profesora Joaquina Hilario Díaz por darme la oportunidad de asignármelo.

  

Bibliografía

Andújar Carbonell, Sócrates. Derecho Agrario Moderno en la República Dominicana. Editora CONADEX, SRL.

www.bagricola.gob.do

www.iad.gob.do

 

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