Total de Visitas

lunes, 13 de febrero de 2012

Orientación Tributaria: Comprobantes Fiscales (parte 3)








Nota: esta es una continuación del tema Orientación Tributaria: Comprobantes Fiscales. Para ver el contenido de la segunda parte, favor  entrar al siguiente link:
http://jarabacoaavanza.blogspot.com/2011/09/orientacion-tributaria-comprobantes.html?utm_source=BP_recent


Autorización de Número de Comprobantes Fiscales


Luego de la incorporación y previo al inicio formal de las operaciones, el contribuyente deberá solicitar por escrito su alta (activación), a fin de obtener sus Números de Comprobantes Fiscales.


Nota: Al momento del contribuyente inscribirse en el RNC, la DGII le asigna automáticamente diez (10) NCF con valor fiscal, a fin de que pueda iniciar sus operaciones mientras se realiza el proceso de alta (activación) de la autorización de los Números de Comprobantes Fiscales solicitados.


Procedimiento para la Solicitud de Emisión de Comprobantes Fiscales


Es importante aclarar que toda impresión de comprobantes fiscales, sea realizada por la empresa emisora o contratada con una empresa impresora, deberá contar con una autorización de la Dirección General de Impuestos Internos.


En aquellos casos en que la impresión se realice directamente por la empresa o persona física que desea emitir los comprobantes fiscales, se deberá hacer constar expresamente en la solicitud de autorización de impresión dirigida a la Dirección General de Impuestos Internos, la aplicación informática que se utilizará en caso de que proceda, así como los datos de la persona física o jurídica de la cual se adquirió dicha aplicación.


Cuando la impresión se realice a través de imprentas o establecimientos gráficos autorizados, el emisor de los comprobantes fiscales deberá determinar, previo a la solicitud de autorización ante la Dirección General de Impuestos Internos, con qué empresa contratará la impresión de sus comprobantes fiscales, de las contenidas en el Registro de Imprentas y Establecimientos Gráficos Autorizados que al efecto publicará y actualizará la Dirección General de Impuestos Internos.

Si la impresión de los comprobantes fiscales se realiza en el exterior, el contribuyente hará la solicitud correspondiente a la Dirección General de Impuestos Internos indicando tal circunstancia e incluyendo en la misma los datos generales del establecimiento gráfico con el cual contratará la impresión.


Solicitud de autorización para emisión


El contribuyente interesado en emitir los comprobantes fiscales procederá a realizar una solicitud de autorización ante la Dirección General de Impuestos Internos. Dicha solicitud deberá contener como mínimo los siguientes datos:


a. Nombre o razón social del emisor, según conste en el Registro Nacional de

Contribuyentes;


b. Nombre Comercial si lo hubiere;


c. Número del Registro Nacional de Contribuyente;


d. Punto de emisión de los comprobantes fiscales;


e. Tipo de comprobante que se desea imprimir y emitir;


f. Cantidad de comprobantes fiscales para cuya impresión y emisión se solicita autorización; y


g. Modalidad de la impresión, interna o contratada con una empresa impresora. En el caso de que se realice con una imprenta o establecimiento gráfico, está deberá haber sido seleccionada de la lista contenida en el Registro de Imprentas y Establecimientos Gráficos Autorizados, actualizado por la Dirección General de Impuestos Internos.


La Dirección General de Impuestos Internos establecerá un mecanismo de solicitud electrónico a fin de asegurar agilidad en el proceso de autorización de impresión para los contribuyentes.


Autorización y comunicación de la misma


Una vez recibida la solicitud de autorización, la DGII dispondrá de un plazo de diez (10) días laborables a los fines de analizar los datos comunicados por el contribuyente y notificar, ya sea física o electrónicamente, una resolución administrativa autorizando la emisión de dichos comprobantes, o rechazando la misma.


En caso de que la solicitud de autorización sea rechazada, la resolución administrativa dictada al efecto deberá estar debidamente motivada, detallando de forma clara las razones por las cuales se denegó la autorización.


El contribuyente que no esté conforme con la resolución denegatoria podrá interponer los recursos correspondientes de conformidad con la normativa vigente.


Contenido de la Resolución de Autorización. Las resoluciones administrativas a través de las cuales la Dirección General de Impuestos Internos autorice al contribuyente a imprimir y emitir los comprobantes fiscales solicitados deberán detallar la siguiente información:


a. Nombre o razón social del emisor autorizado, según conste en el Registro Nacional de Contribuyentes;


b. Nombre Comercial si lo hubiere;


c. Número del Registro Nacional de Contribuyentes;


d. Entidad autorizada para imprimir los comprobantes fiscales, en el caso de que se trate de establecimientos gráficos o imprentas y datos de la misma (Nombre o razón social, Nombre Comercial si lo hubiere, Número de Registro Nacional de Contribuyentes, etc.).


e. Punto de emisión de los comprobantes fiscales;


f. Tipos de comprobantes fiscales, cuya impresión y emisión se autoriza;


g. Cantidad de comprobantes fiscales autorizados; y


h. Rango de numeración fiscal designado para los comprobantes fiscales autorizados.


Publicidad de las autorizaciones


Luego de comunicadas las autorizaciones, la Dirección General de Impuestos Internos pondrá a disposición de los contribuyentes, ya sea a través de medios telemáticos, físicos, o cualquier otro que juzgue conveniente, una lista que detallará los datos del contribuyente autorizado para emitir comprobantes fiscales, así como el rango numérico fiscal correlativo, para los comprobantes autorizados.


Obligación de validar los Comprobantes fiscales que sustentan Créditos Fiscales, Costos y Gastos


Los contribuyentes que utilicen comprobantes fiscales para sustentar crédito fiscal en materia de ITBIS o que sustenten costos y gastos a efectos de la determinación y liquidación del Impuesto Sobre la Renta, deberán consultar, en los medios puestos a disposición por la Dirección General de Impuestos Internos, la validez de los mencionados comprobantes, lo cual se podrá hacer a través del acceso individual a los datos de comprobantes fiscales específicos, o bien a través del acceso generalizado a todos los comprobantes fiscales aprobados para un determinado contribuyente, en aquellos casos en que, por el volumen de las operaciones realizadas por el adquiriente, así se justifique.


Si el contribuyente, a su cuenta y riesgo, no consulta a través de los medios puestos a disposición por la Dirección General de Impuestos Internos la validez de los comprobantes fiscales, no podrá argumentar su desconocimiento del sistema de consulta para oponerse a la determinación u observación que realice la Dirección General de Impuestos Internos respecto del crédito tributario o de los costos y gastos sustentados con comprobantes fiscales no autorizados.


Reporte de informaciones de comprobantes fiscales


Los contribuyentes deberán adjuntar a sus declaraciones juradas anuales del Impuesto Sobre la Renta, un reporte, en los medios que la Dirección General de Impuestos Internos establezca, con los datos de los comprobantes fiscales de todos los tipos establecidos en el artículo 4 del reglamento para la regulación de la impresión, emisión y entrega de comprobantes fiscales. Asimismo adjuntará a su declaración jurada mensual del ITBIS los datos relativos a los comprobantes fiscales utilizados como adelantos o créditos de ITBIS en cada periodo.


Pasos para obtener los Comprobantes Fiscales:


PASO 1.- Completar el formulario de solicitud de autorización FNCF-01, (gratuito), haciendo constar la cantidad y tipo de Comprobantes Fiscales solicitados, así como identificando la imprenta seleccionada para la impresión de los mismos, si aplica.


PASO 2.- Hacer la solicitud por una de las siguientes vías:


• A través de la Oficina Virtual en la página Web de la Dirección General de Impuestos Internos, www.dgii.gov.do, para lo cual debe poseer clave de acceso o pin.


• En el Centro de Atención al Contribuyente de la Oficina Principal o en el Área de Información de las Administraciones Locales en todo el país.


• En cualquier imprenta Autorizada por la Dirección General de Impuestos Internos (sólo para los contribuyentes que utilizan servicios de imprentas) completar el Formulario FNCF-01 y tramitarlo a través del establecimiento gráfico (imprenta) por la cual imprime sus facturas.


PASO 3.- Luego de recibir la autorización de la Dirección General de Impuestos Internos y las secuencias numéricas de los Números de Comprobantes Fiscales solicitados, el contribuyente debe proceder de acuerdo a la manera en que genere y emita los Comprobantes Fiscales; según las siguientes opciones:

a) Imprimir sus Comprobantes Fiscales en Imprentas Autorizadas, en caso de que el contribuyente utilice proceso manual al momento de la facturación, (ver lista de imprentas autorizadas en la página de internet de la Dirección General de Impuestos Internos;


b) Cargar la secuencia de los NCF por cada tipo de Comprobante Fiscal en su sistema informático.


Las Administraciones Locales tienen disponible para la venta, talonarios de los diferentes tipos de Comprobantes Fiscales pre-impresos con NCF autorizados, que podrán adquirir los contribuyentes para ser utilizados de manera provisional.


Dichos comprobantes autorizados deberán contener: el Nombre o Denominación Social, domicilio, teléfono, el No. de RNC de la sociedad o Persona Física, así como el Número de Comprobante Fiscal (NCF) asignado por la Dirección General de Impuestos Internos.


Por: Andy Durán


Cortesía de,


Andy Durán & Asociados
Impuestos - contabilidad - auditoría
Asesoría financiera y legal


Contacto: 809-302-9263/809-301-9854
andy-duran@hotmail.com
asp2578@yahoo.com
http://adimpuestos.blogspot.com/

viernes, 27 de enero de 2012

Escuela Rural de Jarabacoa Encabeza el Ranking Escolar


Escuela es un orgullo para profesores y estudiantes

 
CITAN RESPONSABILIDAD, DISCIPLINA Y MÉTODOS INNOVADORES


La escuela Domingo Pérez Ozuna (La Cabirma), ubicada en una zona rural de Jarabacoa, La Vega, obtuvo la mejor calificación a nivel básico en la Clasificación de Centros Educativos (CLACE 2011) presentada anoche por la Fundación Pensar y Crecer.


Mientras en el nivel medio el primer lugar recayó en el colegio privado Porfirio Morales de Moca, Espaillat, y el Marillac del Distrito Nacional, obtuvo igual posición en la modalidad técnico profesional.


De acuerdo al “ranking escolar”, de un total de 5,515 centros educativos públicos y privados analizados, 4,564 obtuvieron una calificación “D” (deficiente), con un rango por debajo de los 55 puntos.


De los centros educativos evaluados, sólo 397 obtuvieron la categoría A, con registros de 85 puntos y más; 254 alcanzaron la B, con rango de 70 a 84 puntos; 300 son C, de 55 a 69 puntos, y en la D se calificaron a 4,564, por debajo de los 55 puntos.


Según el levantamiento, el 90.7% (2,377) de las escuelas públicas, y el 75.91 (873) de los colegios de inicial y básica, están en la clasificación D. La metodología utilizada para determinar la posición que ocupan los centros educativos en el contexto nacional, regional y provincial, se basó en el desempeño de los centros educativos en función de la cantidad de estudiantes que aprobaron las cuatro asignaturas en las pruebas nacionales, independientemente de las calificaciones o notas de presentación que reportaron los centros educativos.


También se tomó en cuenta el nivel de correlación según Pearson (que mide la relación lineal entre dos variables aleatorias cualitativas), de las calificaciones que reportaron los centros educativos como nota de presentación y los resultados de las pruebas nacionales en cada una de las asignaturas. 

Fuente: 


Noticias / Nacionales / Microvision / Jueves 26 de Enero de 2012 09:36



LA CABIRMA, JARABACOA

Escuela es un orgullo para profesores y estudiantes

CITAN RESPONSABILIDAD, DISCIPLINA Y MÉTODOS INNOVADORES

Minerva Ramírez
Jarabacoa

La responsabilidad, disciplina y aplicación de métodos innovadores constituyen el norte que acompaña cada día el quehacer educativo de los cuatro profesores y 118 estudiantes de la escuela rural Domingo Antonio Pérez Ozuna, ubicada en la comunidad La Cabirma, a 14 kilómetros de este municipio.

Los docentes trabajan con metas definidas. No se limitan a impartir clases para cumplir con los contenidos curriculares establecidos para los centros de educación básica, sino que trabajan con ahínco y firmeza para que cada estudiante sea capaz de ser trabajador y ejemplar en la escuela y en su cotidiano vivir.

Los trece alumnos que cursan el octavo grado reciben media hora de docencia extra cada día. El profesor Fernando García explica que este tiempo los estudiantes lo asumen como un deber sagrado, ya que reciben instrucciones para reafirmar sus valores y creatividad que les permiten ser capaces de innovar, analizar y producir ideas por sí mismos.
Para fortalecer la responsabilidad en el aula instituyeron lo que denominan Gobierno Escolar, formado por un presidente y su directiva, quienes trabajan por un período de un cuatrimestre. La actual presidente es la estudiante de octavo grado Marleny Canela Báez, de 14 años de edad.

El plan de gestión, del cual hicieron entrega de una copia a Listín Diario, establece como normativa principal el cumplimiento del respeto absoluto entre los miembros que componen la comunidad educativa, fomentar la competencia sana en las aulas, mantener el orden, asumir el compromiso del rendimiento escolar recibir a los visitantes con deferencia y desempeño, entre otras actividades.

La directora de la escuela, Berta Calderón Lantigua, expresa que un aspecto importante que ha contribuido a una formación más sólida entre los profesores es la integración desde hace diez años al proyecto Escuela Multigrado Innovada (EMI), que consiste en capacitarlos para que fortalezcan su calidad en la enseñanza.

Señala que otro logro del centro educativo, es haber establecido reuniones mensuales con los padres de los alumnos, en las que se evalúa el desempeño de los estudiantes, y en presencia de estos se tratan todos los aspectos atinentes al rendimiento escolar, así como sus fortalezas y debilidades.

Esta escuela rural fue reconstruída por el gobierno en abril del año 2008. También colaboraron el Distrito Educativo de Jarabacoa y los comunitarios. Tiene solo tres aulas en las que se trabaja con una matrícula de 118 estudiantes y donde también hay que lidiar con limitaciones de tipo económico, para lo que se realizan distintas actividades como días de colores y sobre todo, cuentan con el apoyo de la sociedad de padres y amigos de la escuela. 

(+)
GANAN COMPETENCIAS DEPORTIVAS

Los estudiantes se sienten orgullosos de la calidad en la educación que reciben de sus profesores, quienes además se preocupan por beneficiarles con operativos de salud con cierta frecuencia, así como la impartición de charlas sobre temas relativos a aspectos en los que necesiten mejorar.

Este centro educativo ha ganado tres competencias deportivas a nivel municipal, en los renglones atletismo, maratón y relevo.

La alegría que evidenciaban los rostros de profesores y alumnos era contagiosa cuando se enteraron de que obtuvieron la mejor calificación de Centros Educativos CLACE 2011.

Unos a otros se miraban y su sonrisa delataba la satisfacción del deber cumplido y el compromiso de continuar trabajando unidos con amor y entrega. El profesor García se sentía tan feliz por esta noticia que exclamó: “¡Gracias a Dios!”. 


Fuente: 


La República 27 Enero 2012 


Cortesía de,


Andy Durán & Asociados
Impuestos - contabilidad - auditoría
Asesoría financiera y legal


Contacto: 809-302-9263/809-301-9854
andy-duran@hotmail.com
asp2578@yahoo.com
http://adimpuestos.blogspot.com/