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jueves, 22 de octubre de 2026

FUNJABA


La Fundación Jarabacoa Avanza (FUNJABA) es una organización sin fines de lucro, al amparo de la Ley 122-05, que Regula y Fomento de las Asociaciones Sin Fines de Lucro de la República Dominicana, y su Reglamento de Aplicación No. 40-08.

 

Misión. Apoyar y fomentar iniciativas educativas, culturales y sociales que contribuyan al desarrollo integral de las personas, especialmente aquellas en situación de vulnerabilidad o exclusión.

Visión. Constituirse en la principal fundación de asistencias sociales en todos los ámbitos de necesidad para las personas más desfavorecidas.

Objetivos.

Objetivo Principal. Apoyar iniciativas de carácter educativo y cultural en diferentes áreas del saber y del arte y promover proyectos de desarrollo y asistencia social mediante la ayuda a colectivos y/o personas marginadas o desfavorecidas en estado de pobreza, enfermedad, edad y sexo, siempre que se encuentren en situaciones de vulnerabilidad.

 

Objetivos Secundarios.

1.    Desarrollar mecanismos que pongan en contacto a profesionales voluntarios con personas físicas o jurídicas que necesiten de sus conocimientos.

2.    Apoyar a otras entidades en sus labores orientadas al beneficio de colectivos marginados.

3.    Apoyar iniciativas de colectividades desfavorecidas conducentes a la mejora de sus condiciones y posibilidades.

4.    Usar Internet y otros medios para facilitar información que sirva para la toma de conciencia de la realidad social en que viven personas desfavorecidas, así como para difundir valores tales como: la solidaridad, la justicia social y el respeto entre la gente.

5.    Facilitar la formación y capacitación para el voluntariado, mediante documentación, charlas, conferencia, cursos y diplomados.

6.    Promover y desarrollar cualquier tipo de proyecto vinculado a sus objetivos.

7.    Cualquier otra actividad lícita orientada al beneficio de personas de los colectivos indicados.

8.    La fundación puede, igualmente, ejercer todas aquellas actividades susceptibles de favorecer la realización de sus fines y colaborar en cualesquiera otras iniciativas de otras asociaciones afines nacionales o extranjeras.

 

9.    La fundación podrá adquirir, poseer, comprar, vender y arrendar toda clase de bienes muebles e inmuebles.

 

Andy Durán.

Presidente.

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